Si ha sido denunciado por infracción a cualquiera de las Ordenanzas Municipales recibirá una notificación en su domicilio que dará inicio al procedimiento sancionador. Una vez recibida la notificación puede pagar la sanción o formular alegaciones:
Pago de la sanción inicialmente fijada
- Mediante transferencia
- CAJAMURCIA 0487 0001 66 2081000187
- CAJAMAR 3058 0437 29 2732010010
- En el ingreso se harán constar los siguientes datos:
- Decreto de Inicio del expte. nº. (número de la notificación).
- DNI / NIF
- Sanción Ordenanzas
- MB
- En este tipo de procedimiento sancionador no se contempla la reducción del importe en ningún momento.
Formular alegaciones contra la denuncia
Dentro de los 15 días hábiles siguientes al de la notificación de la denuncia, podrá formular alegaciones mediante escrito dirigido al Sr. Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento o en el Servicio de Sanciones, en la Avda. San Juan de la Cruz o a través de la sede electrónica (Multas ordenanzas)
https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10003
A la vista de lo alegado por Vd., el instructor formulará Propuesta de Resolución que le deberá ser notificada. Contra la Propuesta, podrá formular nuevas alegaciones en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la recepción de la misma.
Consideraciones
A la vista de las alegaciones formuladas, la autoridad competente resolverá mediante Decreto la imposición de la sanción administrativa correspondiente o el archivo del expte. por no proceder sanción alguna. Resolución que deberá serle notificada antes de los 6 meses contados desde el Decreto de Inicio. Transcurrido este plazo sin que se hubiere practicado la notificación, se producirá la caducidad del expte. y el archivo del mismo, sin perjuicio de que se pueda producir el reinicio del mismo de no haber prescrito la infracción.
Transcurrido este plazo sin que se hubiere practicado la notificación, se producirá la caducidad del expte. y el archivo del mismo, sin perjuicio de que se pueda producir el reinicio del mismo de no haber prescrito la infracción.
En caso de resolución sancionadora se podrá solicitar el fraccionamiento de la sanción mediante escrito dirigido al Servicio de Recaudación.
Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer los siguientes recursos
Potestativo de Reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano. Transcurrido un mes sin resolución se entenderá desestimado.
Contra la resolución expresa o presunta de este recurso podrá interponer Reclamación Económico-Administrativa en el plazo de 1 mes.
Contra la resolución expresa o presunta de la Reclamación Económico-Administrativa, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de la Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de 2 meses si la resolución es expresa, o en el plazo de 6 meses desde el día siguiente en que se cumpla el plazo de 3 meses para la resolución por silencio administrativo.
Descarga de documentos
Descargue la instancia que debe rellenar en caso de que quiera formular alegaciones a la denuncia.
Una vez rellenada podrá presentar la documentación para su registro y trámite en el Registro General del Ayuntamiento, Plaza Apóstoles (junto a la Catedral) o en el Servicio de Sanciones, en la Avda. San Juan de la Cruz (junto a la Policía Local-Parque de Bomberos, Ayuntamientos o Municipios con servicio de Ventanilla única o como Correo Certificado dirigido a:
Ayuntamiento de Murcia
Servicio de Sanciones (Ordenanzas).
Avda. San Juan de la Cruz, 11
30011 Murcia.