Pago de sanciones por administrativas en periodo voluntario tramitadas por el negociado de ordenanzas del servicio de sanciones
El siguiente procedimiento es de aplicación cuando haya sido sancionado por una de las siguientes ordenanzas municipales:
Ordenanza reguladora de la actuación municipal en relación con la venta, dispensación y suministro de bebidas alcohólicas, así como su consumo en espacios y vías públicas (BORM n º 188 de 17 de agosto de 2005).
Ordenanza reguladora de determinadas actividades o conductas en el espacio público del municipio de Murcia (BORM n º 31 de 7 de febrero de 2020).
Regulada por Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de la vía pública con terrazas y otras instalaciones (BORM n º 105 de 09 de mayo de 2013).
Regulada por Ordenanza Municipal Reguladora de la Publicidad Exterior (BORM n º 177 de 1 de agosto de 2012).
Regulada por Ordenanza Municipal para Luchar contra la Prostitución en el Municipio de Murcia (BORM n º 234 de 08 de octubre de 2013).
Regulada por Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria (BORM n º 60 de 12 de marzo de 2002).
Ordenanza del Servicio de Bicicletas Públicas del Municipio de Murcia (BORM n º 12 de 16 de enero de 2014).
Ordenanza reguladora de los vados de Murcia de abril (BORM n º 80 de 09 de abril de 2018).
Procedimiento sancionador
Inicio:
La persona denunciada recibirá en su domicilio notificación de inicio de expediente sancionador. En el caso de que al interesado se le entregue copia del boletín de denuncia, no podrá pagar ni hacer alegaciones hasta no recibir la notificación de inicio del procedimiento. La notificación de inicio incluirá varios documentos de ingreso (cartas de pago), según la opción a la que se acoja la persona interesada.
Cartas de pago que incluye la notificación de inicio de la multa (art.85 Ley 39/2015):
- Carta de pago con reducción del 20%: en el caso que el interesado reconozca su responsabilidad mediante escrito, manifestando expresamente su voluntad de desistimiento o renuncia a realizar cualquier recurso o acción en vía administrativa contra la sanción.
- Carta de pago con reducción del 20%: realizar el pago voluntario de la sanción lo que implicará la terminación del procedimiento, condicionado al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.
- Carta de pago con reducción del 40%: realizar el pago voluntario de la sanción antes de la finalización del procedimiento sancionador, preferiblemente dentro de los 15 siguientes a la notificación del inicio de procedimiento y reconocer su responsabilidad, bien de forma expresa, mediante escrito, manifestando su voluntad de desistimiento o renuncia a realizar cualquier recurso o acción en vía administrativa contra la sanción, o bien de forma presunta, no interponiendo ninguna acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. Este pago implicará la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago, quedando abierta únicamente la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
- Carta de pago con importe integro de la sanción: pago de la totalidad de la sanción, en caso de realizar el pago fuera de plazo.
La persona interesada deberá acogerse solamente a una de las opciones de pago descritas anteriormente en cada carta de pago.
En caso de presentar alegaciones o recurso de reposición y ser desestimados, sólo se podrá pagar la totalidad del importe de la multa con la carta de pago que se acompañe en ese caso, siendo el plazo de pago de quince días a contar desde la recepción de la correspondiente notificación.
Medios de pago
De forma general: el pago se puede realizar con la presentación de cualquiera de los documentos anteriormente mencionados como cartas de pago en las siguientes entidades colaboradoras con el Ayuntamiento de Murcia: Banco Bilbao Vizcaya – BBVA, Banco Sabadell, Banco Santander, Cajamar y Caja Rural Central).
O bien en cualquiera de estas Entidades Colaboradoras mencionadas a través de sus respectivas bancas online.
Pago de sanciones por infracciones a la ley orgánica 4/2014, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (LO 4/2015) que sean competencia municipal
A continuación se detalla el procedimiento a seguir para el pago de sanciones si ha sido denunciado por infracción a la ley orgánica 4/2015 (falta de respeto a la autoridad, desobediencia, negativa a identificarse, alegar datos falsos o inexactos en los procesos de identificación, grafiti, entre otras.)
Inicio
- La persona denunciada recibirá en su domicilio notificación de inicio de expediente sancionador.
- En el caso de que al interesado se le entregue copia del boletín de denuncia, no podrá pagar ni hacer alegaciones hasta no recibir la notificación de inicio del procedimiento.
- La notificación de inicio incluirá varios documentos de ingreso (cartas de pago), según la opción a la que se acoja la persona interesada.
Pago de la multa con reducción del 50% para infracciones leves y graves:
En el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de inicio de expediente sancionador (art. 54 LO 4/2015 )
Efecto del pago anticipado (art. 54 LO 4/2015 )
1º.- Reducción del 50% del importe de la sanción
2º.- Renuncia a formular alegaciones.
3º.- Terminación del procedimiento.
4º.- Agotamiento de la vía administrativa, recurrible únicamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses.
En caso de presentar alegaciones o recurso de reposición y ser desestimados, sólo se podrá pagar la totalidad del importe de la multa con la carta de pago que se acompañe en ese caso, siendo el plazo de pago de quince días a contar desde la recepción de la correspondiente notificación.
MEDIOS DE PAGO
De forma general: el pago se puede realizar con la presentación de cualquiera de los documentos anteriormente mencionados como cartas de pago en las siguientes entidades colaboradoras con el Ayuntamiento de Murcia: Banco Bilbao Vizcaya – BBVA, Banco Sabadell, Banco Santander, Cajamar y Caja Rural Central).
O bien en cualquiera de estas Entidades Colaboradoras mencionadas a través de sus respectivas bancas online.
Ubicación Servicio de Sanciones-Negociado de Ordenanzas
Avda. San Juan de la Cruz, 12 - 30011. Murcia
Telf.: 968 35 86 00 - Extensión 53345
Email: sanciones-ordenanzas@ayto-murcia.es